El Seguro Solidario es un Producto diseñado especialmente para las personas que, hasta ahora, no habian tenido la posibilidad de contratar pólizas con el sector asegurador privado. En estos momentos está conformado por POLIZA DE SALUD, ANEXO DE COBERTURA DE MATERNIDAD, POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES Y POLIZA DE SERVICIO FUNERARIO, los cuales se ofrecen a cambio de primas solidarias, ya que éste ES UNO DE LOS
APORTES QUE CARACTERIZAN EL ASPECTO SOCIAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA, y es que según lo establecido en la Ley de la Actividad Aseguradora las empresas de Seguros deben ofrecer al público las pólizas solidarias, ajustándose a lo establecido en nuestra Constitución Bolivariana, ofreciendo la
posibilidad de la inclusión de personas que padezcan algún tipo de
discapacidad, personas con menor capacidad de pago, personas con alguna enfermedad
declarada, personas pertenecientes a la tercera edad, los jubilados y jubiladas, los pensionados y pensionadas,
o sea los Seguros Solidarios están dirigidos a los denominados grupos
vulnerables y responden a la necesidad de protección social de esta población especifica. Podrán incluir en su póliza a todos los familiares que dependan económicamente del contratante.
Es importante señalar que los seguros solidarios funcionaran como cualquier otra póliza, será
un contrato de seguros que se basará en la información de la solicitud de seguros que debe llenar el contratante, el asegurado al momento de
necesitar atención médica se dirigirá a la clínica y será atendido al dar sus
datos personales; por lo tanto es importante
recordar que los solicitantes al momento
de llenar la solicitud respectiva, deben
dar la información exacta y detallada sobre su salud durante toda su vida, de esta manera garantizan
que su póliza será emitida con puntos claros
y no tendrán inconvenientes en el futuro.
En lo que se refiere a la póliza de Seguro Solidario de
Hospitalización y Cirugía, los asegurados tendrán derecho a la cobertura de
tratamientos médicos y/o cirugías
previstos en la póliza una vez transcurridos los plazos de espera:
La atención requerida por accidentes será de inmediato bajo esta póliza, pero la atención por
enfermedades está sujeta a
plazos de espera, que según la
CLÁUSULA 7. son los siguientes:
".. 7.1. Cuatro (4) meses para las siguientes enfermedades
no infecciosas de resolución por tratamiento no quirúrgico: Colecistopatía,
Diabetes Mellitus, Insuficiencia Renal Crónica, Osteoporosis, Osteoartritis,
Enfermedad Broncopulmonar Obstructiva Crónica, Enfermedad Ulcero Péptica e
Hipertensión Arterial Crónica.
7.2. Ocho (8) meses para las siguientes enfermedades no
infecciosas de resolución quirúrgica: Mastectomia, Patologías Tumorales de las
Glándulas Mamarias, Hipertrofia de Cornetes, Cataratas, Síndrome Varicoso,
Hemorroides, Colédoco-litiasis, Hernias no Congénitas, Litiasis de las Vías
Biliares, Litiasis de las Vías Urinarias, Enfermedad Diverticular, Hiperplasia
Prostática Benigna, Varicocele, Osteoartritis, Enfermedad de Ligamentos,
Fímosis y Parafímosis, Síndrome del Túnel del Carpo y Vicios o Defectos de
Refracción.
7.3. Diez (10) meses para las enfermedades del aparato
reproductor femenino (ginecológicas u obstétricas) que requieran intervención
quirúrgica.
7.4. Once (11) meses para las enfermedades
preexistentes. ......."
Estos seguros están a
la disposición de la comunidad desde el 20 de Marzo de 2012, aquí
puedes ver las tarifas generales decretadas por
nuestra Superintendencia de la Actividad Aseguradora, es decir que los
costos son los mismos en todas las compañias aseguradoras .
El Monto de
Cobertura es ùnica por evento y año póliza, es decir durante el año de
vigencia de la póliza cada enfermedad diagnosticada que tenga el
asegurado estará cubierta hasta por Bs.
30.000,00; si una vez recuperado de dicha enfermedad, le repite en ese
año póliza la misma enfermedad su cobertura será la Suma Asegurada (Bs.
30.000,00) menos los gastos incurridos en el siniestro anterior; en
caso que sufra otra enfermedad en ese mismo año póliza entonces tendrá
cobertura íntegra de Bs. 30.000,00 para esa nueva enfermedad. Las
PRIMAS a pagar por los Seguros Solidarios de Hospitalizacion y Cirugia
dependen de la edad de los asegurados.
Aquí tienes la Prima de los Seguros Solidarios de
Hospitalización y Cirugía.
Aquí ubicas tu edad y tienes la Prima de los Seguros Solidarios de Hospitalización y Cirugía. la cual puedes pagar anual, semestral, trimestral o mensualmente si asi lo prefieres. Ubícate
SUMA ASEGURADA (Bs.)
| ||||
30.000,00
| ||||
EDADES
|
PRIMA SOLIDARIA (Bs.)
| |||
(AÑOS)
|
ANUAL
|
SEMESTRAL
|
TRIMESTRAL
|
MENSUAL
|
00-65
|
2.889
|
1.445
|
722
|
241
|
66-70
|
3.756
|
1.878
|
939
|
313
|
71-75
|
4.334
|
2.167
|
1.083
|
361
|
76-80
|
5.056
|
2.528
|
1.264
|
421
|
81-85
|
5.778
|
2.889
|
1.445
|
482
|
86-90
|
6.501
|
3.250
|
1.625
|
542
|
91 y más
|
7.223
|
3.611
|
1.806
|
602
|
Como ya les explique anteriormente, además se ofrece la cobertura de Maternidad, Cobertura de Accidentes Personales y cobertura de Seguros Funerarios, con primas adicionales por cada una de dichas coberturas, seran calculadas segun las siguientes tarifas:
TARIFA DE COBERTURA DE MATERNIDAD
SUMA ASEGURADA (Bs.)
| ||||||||||||
15.000,00
| ||||||||||||
ASEGURADA
|
PRIMA SOLIDARIA (Bs.)
| |||||||||||
ANUAL
|
SEMESTRAL
|
TRIMESTRAL
|
MENSUAL
| |||||||||
Titular o Cónyuge
|
2.925
|
1.463
|
731
|
244
| ||||||||
TARIFA DE SEGUROS FUNERARIOS | ||||||||||||
U.T.
|
Bs. F
| |||||||||||
COBERTURAS
|
ASISTENCIA FUNERARIA
|
263,16
|
23.684,40
| |||||||||
PRIMA SOLIDARIA GLOBAL
|
Anual
|
0,59
|
53,10
| |||||||||
TARIFA DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES | ||||||||||||
U.T.
|
Bs F
| |||||||||||
COBERTURAS
|
Muerte Accidental
|
789,48
|
71.053,20
| |||||||||
Invalidez Permanente
|
789,48
|
71.053,20
| ||||||||||
Gastos Médicos
|
78,95
|
7.105,50
| ||||||||||
PRIMA SOLIDARIA GLOBAL
|
Anual
|
1,52
|
136,80
| |||||||||
Población Asegurable: Aquella que comprende a los jubilados, jubiladas, pensionados, pensionadas, adultos y adultas mayores, personas con discapacidad, personas con enfermedades físicas y/o mentales y aquellas personas cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a Veinticinco Unidades Tributarias (25 U.T.) (es decir todas las personas que tienen ingresos mensuales menores de Bs. 2.250,00)
Solo puedes contratar una póliza de Seguro Solidario e incluir en dicha póliza a todos las personas que dependan económicamente de tu persona, lo cual esta establecido por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y será monitoriado a través del R.U.S.S. que es el mecanismo destinado a la recopilación de la información relacionada con las emisiones, renovaciones, suscripciones mínimas, siniestros, prestación de servicios y cualquier otra referida a los Seguros Solidarios.
Solo puedes contratar una póliza de Seguro Solidario e incluir en dicha póliza a todos las personas que dependan económicamente de tu persona, lo cual esta establecido por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora y será monitoriado a través del R.U.S.S. que es el mecanismo destinado a la recopilación de la información relacionada con las emisiones, renovaciones, suscripciones mínimas, siniestros, prestación de servicios y cualquier otra referida a los Seguros Solidarios.
Requisitos para la emisión de póliza solidaria: Los requisitos los puedes ver detalladamente en el link:
Requisitos para los Seguros Solidarios
Es necesario la certificación del profesional competente, por ejemplo en caso de personas que tengan una enfermedad o discapacidad, deben consignar una certificación emitida por el medico especialsta del I.V.S.S. para tener cobertura para dicha enfermedad o del CONAPDIS en caso de tener una discapacidad; en el caso de las personas que tienen ingresos menores de Bs. 2.250,00 y son trabajadores independientes deberán presentar una certificación de ingresos firmada por contador colegiado.
Para las personas con discapacidad:
Deben acudir a las sedes de CONAPDIS o las oficinas habilitadas para orientación sobre la Calificación y posterior Certificación de Personas con Discapacidad.
Puedes ver en el siguiente link los Hospitales autorizados por CONAPDIS para emitir la Calificacion de Persona con Discapacidad
Calificacion de Persona con Discapacidad
Aqui tienes los pasos para obtener la CERTIFICACION de Persona con Discapacidad ante CONAPDIS
Certificacion de las Personas con Discapacidad
Para la consulta de los certificados emitidos, visita este link:
CONAPDIS
Que hacer para contratar una póliza de seguro solidario?
- Puedes seleccionar la compañía aseguradora de tu preferencia y solicitar información y las planillas de solicitud de seguro solidario respectivas, las cuales debes llenar cuidadosamente y sin omitir detalle de tu salud; sin embargo, te recomiendo que ubiques a tu intermediario de seguros de confianza para que te asesore y facilite la información al respecto.
- Consignar la planillas de solicitud y la certificación correspondiente ante la aseguradora, quienes te emitirán las pólizas solicitadas en el transcurso de cinco (5) dias hábiles, las cuales debes pagar ante la taquilla de dicha empresa cuando te entreguen la póliza y el recibo respectivo
- Para asesorias de seguros y/o legales puedes ubicarme a través de mis números y con gusto te atenderé.
Mas información sobre seguros en:
No hay comentarios:
Publicar un comentario