- Resguardar tu propiedad de un daño mayor, debes actuar como un buen padre de familia y tomar las previsiones necesarias para que las pérdidas sean mínimas.
- Llamar a las autoridades competentes con el fin de proteger tu propiedad de las consecuencias del riesgo, por ejemplo DEBES llamar al cuepo de bomberos si existiera un conato de incendio, DEBES llamar a la Inspectoria de Transito si tienes un choque con tu vehiculo, DEBES llamar al CICPC y dar aviso inmediatamente si tienes un robo, asalto o atraco. Dicho organismo deberá levantar un acta del siniestro ocurrido. Esta acta o informe es un requisito indispensable para la indemnización de siniestros. Estas instituciones son las que estan facultadas por la ley para dejar constancia mediante acta del siniestro ocurrido, por lo tanto es necesario que recuerdes este paso tan importante.
- Si el siniestro es de automovil, recuerda no mover los vehiculos hasta que así lo ordene el oficial actuante, quien lo hara luego de haber tomado las medidas y haber levantado el croquis respectivo.
- Igualmente, debes llamar de inmediato a tu productor de seguros y notificar a la compañia aseguradora a través del número telefonico que para ese fin esta activado en casi todas las empresas aseguradoras, lo que te libera de la necesidad de acudir a las oficinas adninistrativas, normalmente es un servicio gratuito. Este requisito es muy importante y determinante. El tiempo estipulado para declarar depende del ramo siniestrado, en todo caso el menor de los plazos es de 5 dias.
- El operador de la linea de emergencia de la empresa aseguradora, una vez hagas la notificación te dirá el numero de siniestro asignado a tu caso, tambien te dira cuales son los documentos que debes presentar y el tiempo dentro del cual debes hacerlo.
- Presentar los recaudos exigidos por la compañia aseguradora en el tiempo estipulado, recuerda que el tiempo de respuesta de la empresa empieza a correr cuando introduces el ultimo recaudo.
La empresa aseguradora debera emitir el cheque de indemnización en los 30 dias luego de recibido el ultimo recaudo exigido.
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